OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA INTIMIDAD Y AL LIBRE ALBEDRÍO

viernes, 14 de agosto de 2009

REGULITIS 2

Ya comentamos anteriormente que al pretender tener la vida regulada obligamos a nuestros legisladores a una actividad frenética y estresante en esas fábricas de leyes que son los distintos parlamentos (aunque parece ser que el 70% de las leyes actuales ya vienen de la Unión Europea pero fabricadas por nuestros ministros cuando se montan una reunión) Se ha calculado que llegamos a tener casi medio millón de normas.
Lo novedoso ahora es que descubro que hasta son capaces de legislar el análisis de impacto normativo como si se tratara del impacto ambiental.
El Real Decreto 1083/2009, regula el impacto normativo con las siguientes finalidades:
· Mejora de la calidad de las Normas.
· Determinar la viabilidad jurídica
· Determinar el impacto social
· Determinar el impacto económico
· Determinar la necesidad y oportunidad
· El impacto por razón de género
· Valorar las posibles alternativas para conseguir los fines deseados
· Consultas realizadas a los afectados
Cualquiera que repase las bases legislativas se quedará asombrado de que la mayoría de normas publicadas hayan pasado estos criterios. Si no fuera un tema serio, habría que considerarlo un chiste de los malos-malos.

No hay comentarios: